Antecedentes: Lineamientos en materia de equipamiento, infraestructura y vinculacion con el entorno.



Objetivo.
En atención al artículo 73 de la Ley de Vivienda, se establecen los lineamientos que permitan a los beneficiarios de los desarrollos habitaciones acceder a un entorno armónico.

Se promueve la vida en comunidad, la relación sustentable con el medio ambiente, la infraestructura suficiente y acceso a los equipamientos básicos.
Además contribuyen a establecer los equilibrios regionales en materia de agua, energía y vías de comunicación.




Los lineamientos entrarán en vigor el 1 de enero de 2010 y serán aplicables a las acciones de suelo y vivienda financiadas con recursos federales, así como a las de los organismos que financien vivienda para los trabajadores.
Adherirse a los lineamientos es un beneficio que todos los ciudadanos merecemos; el impulso a proyectos urbanos de calidad, el desarrollo territorial ordenado con visión de largo plazo y el cuidado de nuestros recursos naturales nos fortalecen como sociedad, juntos podemos construir un entorno más generoso para que nuestros hijos puedan Vivir Mejor.



Entre Los beneficios que se obtendran al instrumentar los lineamientos destacan:

  • Tiendas de abarrotes en cada vecindario
  • Primarias a menos de un kilometro
  • mercado publico en la colonia
  • Juegos infantiles a menos de 300 metros
  • Paraderos de transporte publico techados
  • Banquetas amplias, arboladas y señalizadas
  • Centro comunitario en el barrio
  • Plazas y calles eficientemente iluminadas
  • Usos mixtos de bajo impacto
  • Diversas tipologias de vivienda
  • Energias alternativas
  • Contenedores especialezados para basura
  • Parques cercanos a todas las viviendas.

Infraestructura

  1. Todas las viviendas y los equipamientos en el desarrollo tendrán acceso a los servicios de agua potable, alcantarillado, electrificación y alumbrado público
  2. Las vialidades deberán estructurar un sistema jerárquico que facilite la movilidad y el acceso a los equipamientos.
  3. La banqueta tendrá una franja para la circulación peatonal sin interferencias de mobiliario urbano, postes, instalaciones y rampas de acceso a estacionamientos.
  4. Cuando exista una vía de acceso controlado o una carretera, así como cualquier otro elemento que actúe como barrera transversal dentro del desarrollo, se deberán establecer los cruces o pasos vehiculares y peatonales.
Equipamiento
  1. Equipamientos para el transporte público.
  2. Espacios públicos abiertos.
  3. Educación y cultura.
  4. Salud y asistencia social.
  5. A partir de 6,000 habitantes se deberá contar con 1 mercado público.
  6. Los conjuntos de más de 15,000 habitantes deberán considerar los equipamientos que correspondan a la escala del desarrollo.
Vinculacion con el entorno
  1. Los conjuntos de más de 15,000 habitantes deberán instrumentar las acciones necesarias para mitigar el impacto del desarrollo en las vías de comunicación, en el balance de los recursos hídricos, energéticos y en el medio ambiente.
  2. Los desarrollos de más de 250 viviendas deberán considerar cuando menos dos tipologías de vivienda y dos  prototipos.
  3. A partir de 250 habitantes se destinarán 0.13 m2/hab para comercio básico. La población no tendrá que recorrer más de 300 m para acceder a una tienda de abarrotes.
  4. La densidad mínima promedio, de acuerdo a la dimensión del desarrollo, será la siguiente: de 500 a 5,000 habitantes: 60 viviendas por hectárea; de 5,001 a 20,000 habitantes: 70 viviendas por hectárea; y de más de 20,000 habitantes: 80 viviendas por hectárea. Para el cálculo de este indicador se considerará únicamente la superficie destinada a vivienda, incluyendo la mitad de las vialidades colindantes.
  5. Medidas de protección al medio ambiente.
  6. Cada manzana deberá considerar un área designada y contenedores apropiados para la separación y disposición de desechos domiciliarios.
  7. Antes de autorizar la ocupación de las viviendas, se deberá verificar que: Conexion al agua potable, escombros y residuos sean retirados, vias de acceso esten concluidas, equipamiento de educacion este dando servicio.
  8. Prevención y mitigación de riesgos